Siguen los coletazos entre Telecanal y el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) tras la sanción impuesta por el organismo de suspender las transmisiones por siete días por la emisión del canal Russia Today (RT), bajo el argumento de la administración de los contenidos a un tercero, pues dicha señal se exhibe durante 23 horas al día.
La situación escaló al punto de que la televisora de capitales mexicanos presentase un recurso ante la Corte de Apelaciones de Santiago, lo que todavía está a la espera de su resolución. Sin embargo, la entidad reguladora abrió paralelamente un nuevo proceso sancionatorio contra la señal, esta vez por incumplimiento de la infracción otorgada en enero pasado.
De acuerdo al acta de la sesión efectuada el 30 de marzo, el consejo argumentó que la estación no comunicó dentro del plazo de cinco días hábiles ni hasta la fecha «las medidas que adoptará para dar cumplimiento a la normativa legal que rige las concesiones de radiodifusión televisiva de libre recepción, y tampoco cesó en la conducta infraccional».
A pesar de lo expuesto, el CNTV deja en claro que «la formulación de estos cargos no implica prejuzgamiento de culpabilidad, y que se queda a la espera de los descargos de la concesionaria, quien tiene el plazo de cinco días para presentarlos».
¿Qué hizo Telecanal para evitar que esta situación escalara?
Tras conocida la resolución del CNTV, Telecanal bajo la representación de su abogado José Tomás Correa, presentó la semana pasada una orden de no innovar ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
«La mencionada actuación del CNTV resulta manifiestamente improcedente, por cuanto pretende ejecutar una sanción respecto de la cual no se ha verificado el presupuesto legal habilitante para su cumplimiento», señala la defensa de la televisora, afirmando que no se puede efectuar tal sanción al estar todavía en un proceso legal.
Asimismo, señalan que en caso de no otorgar dicha petición «la sentencia que se dicte en favor de Telecanal sería completamente ilusoria, pues el daño originado por la sanción incorrectamente aplicada, simplemente no podría revertirse. A ello debemos agregar que, en caso de no concederse, el CNTV pretende utilizar la ejecución compulsiva de la sanción como un elemento del tipo penal lo cual genera un perjuicio del todo evidente a la luz de los antecedentes expuestos».
No obstante, el pasado 9 de abril el tribunal de alzada denegó la petición solicitada por la estación al no existir antecedentes que justifiquen la medida.



